Por un día, me transmutaré en profesor de Lengua para impartir (fuera de mi
horario lectivo), un par de clases de lengua castellana a nuestros
parlamentarios.
La propuesta del PPN de otorgar rango de
autoridad pública al profesorado navarro ha sido rechazada. Las argumentaciones
son portentosas.
Primera clase de lengua castellana:
Autoridad. 1. Poder que gobierna o ejerce el mando, de hecho o de derecho. 2.
Potestad, facultad, legitimidad. 3. Prestigio y crédito que se reconoce a una
persona o institución por su legitimidad o por su calidad y competencia en
alguna materia.
Autoritarismo. 1. Sistema fundado primariamente en el principio de autoridad. 2. Actitud
de quien ejerce con exceso su autoridad. 3.Régimen autoritario.
Es sencillo constatar que la autoridad es
necesaria y que el autoritarismo no sólo no lo es, sino que supone una extralimitación
en el ejercicio de la autoridad. Pues bien, Nekane Pérez, de NaBai, se
preguntaba: “qué tipo de autoridad se busca”. ¿Y qué tipo de autoridad vamos a
buscar los profesores? ¿por qué se sospecha que podamos abusar de esa
autoridad? Los docentes reclamamos ser autoridad pública porque queremos (y me
remito a la definición de la RAE) el “prestigio y crédito que se reconoce a una
persona o institución por su legitimidad o por su calidad y competencia”en
nuestra materia. ¿Por qué hemos de merecerlo menos que otros funcionarios?,
¿por qué un paciente debe respeto a un funcionario de Salud y un alumno no
tiene esa obligación respecto al funcionario de la Enseñanza?
El socialista Pedro Rascón, que tachaba la
propuesta de “poco original” (como si las propuestas, en lugar de sensatas o
justas, tuvieran que ser extravagantes) afirmaba en el Parlamento que “vivimos
en una sociedad democrática y esa democracia también tiene que estar en la vida
de los centros educativos”. Y me pregunto: ¿son antidemocráticos los centros de
salud, hospitales, juzgados o notarías por existir, allí sí, la autoridad
pública?
Segunda clase de lengua castellana:
Disciplina. 1. Doctrina, instrucción de una persona, especialmente en lo moral.2. Arte,
facultad o ciencia.
Represión. 1. Acción y efecto de represar. 2. Acción y efecto de reprimir. 3. Acto,
o conjunto de actos, ordinariamente desde el poder, para contener, detener o
castigar con violencia actuaciones políticas o sociales.
No es difícil entender que la disciplina
es fundamental en el aprendizaje (y en todas las actividades humanas) y que la
represión es una forma de tiranía. Bildu, a través de Bakartxo Ruiz, se
mostraba “totalmente en contra” y tildaba la proposición de “conservadora y
autoritaria”, para preguntar “qué valores queremos transmitir así a los
alumnos” y afirmar que “los profesores somos un medio para que los alumnos
desarrollen sus capacidades”. En cuanto a lo primero, le remito a la primera
clase de lengua castellana. En relación con los valores, como profesor espero
que mis alumnos entiendan que deben respetarme al igual que yo les respeto a
ellos, y me gustaría que a ellos les sucediera exactamente lo mismo a lo largo
de su vida personal y profesional. No veo, por último, contradicción alguna entre
el hecho de que seamos autoridad pública y consigamos que los alumnos
desarrollen sus capacidades. Es más, lo que sí encuentro contradictorio es
negarnos esa autoridad y exigir que lo logremos, porque precisamente la
garantía de que todos los alumnos recibirán una adecuada formación (derecho a
la educación recogido en el artículo 27, apartado 2, de la Constitución
Española) reside en la autoridad del profesor, la defensa de la disciplina (ver
segunda clase de lengua castellana) y la recuperación de valores como el
esfuerzo o el conocimiento. Es esta autoridad institucional la
realmente importante, la que permitiría que los derechos del alumno terminaran
donde comienzan los del profesor y viceversa (en esto, y no en otras
cuestiones, sí debemos buscar la absoluta igualdad).
Marisa de Simón, de I-E, argumentaba por su
parte de forma cándida que “es preciso mejorar las relaciones de la comunidad
educativa entre sí”. Claro, de la comunidad educativa y de la sociedad en
general.
Termino recordando que La Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación señala en el artículo 104.1 que las
Administraciones educativas “velarán para que el profesorado reciba el trato,
la consideración y el respeto acordes con la importancia social de su tarea”.
Pues, de momento, en Navarra no va a ser así.
Febrero de 2012.
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